Juez sentencia NO CULPABLE a la denuncia en caso de supuesta violación contra Manuel Andres Sanchez

LIMA, Peru -- Resolución del Juzgado

Juez sentencia no ha lugar a la denuncia del caso de la supuesta violación que inculpaba a Manuel Andres Sanchez Alayo, declarándolo NO CULPABLE

A mediados del 2011, muchos medios de prensa del Perú acusaban injustamente a Manuel Andres Sánchez Alayo de ultrajar sexualmente a menor de edad, como una noticia sensacionalista, también se difundió ampliamente un video donde Manuel Sanchez Alayo y presunta víctima, caminaban juntos, elementos que no fueron pruebas determinantes en este caso, para Julio del 2011 el juzgado dictó una sentencia final de NO CULPABLE exonerándolos de todos los los cargos imputados a Manuel Andres Sanchez Alayo.

(detalles del caso omitidos por razones de privacidad, aquí un fragmento)

Lima, 26 de Julio del 2011.

SENOR COMANDANTE XXX- COMISARIO DE MIRAFLORES

Cercado de Lima: ante Ud., con el debido respeto me presento y digo:

Que, con fecha 18 de Junio del presente año (2011), presente ante la Comisaría XXX, que usted dirige, una denuncia por el supuesto delito contra la libertad Sexual, en agravio de mi menor hija X.X.X.X imputando la comisión de tal hecho a la persona de Manuel Andrés Sánchez Alayo.

Sin embargo, luego de que mi menor hija acudiera a varias sesiones con el Psicólogo que la trata, he sostenido una conversación con ella sobre los hechos ocurridos, en la cual me ha manifestado que la persona denunciada no es el causante del agravio en su contra, hecho que me ha generado dudas de las imputación que efectuara en mi denuncia y manifestación policial contra el investigado, motivada probablemente por la confusa versión inicial de mi menor hija, y por la alta carga emocional que ello produjo en mi personal, sin darme cuenta al parecer no solo he incurrido en error al presentar denuncia, sino que lo más grave es que he expuesto a mi hija a una situación totalmente indeseada para mí como madre, al exponer la intimidad personal de mi menor hija al asedio de los medios de prensa y a la opinión pública, por lo que a fin de evitar un daño mayor a la integridad emocional y psicológica de mi hija, la misma que podría convertirse en irreparable y respetando su derecho a la intimidad personal, solicito a su despacho no considere la subjetividad de mis primeras acusaciones y por el contrario solicito se tenga en cuenta el presente a fin esclarecer los hechos a la brevedad.

POR LO EXPUESTO:

A Ud. Señor Comisario, solicito tener presente y proveer conforme requiero por ser de ley y derecho.

Lima, 26 de Julio del 2011.

NOTIFICACION

Por encargo del Señor Fiscal provincial de la Décimo Quinta Fiscalía Provincial Penal de Lima, NOTIFICO a usted, la resolución de fecha 12 de agosto del año en curso, que declara no ha lugar a formalizar denuncia penal contra MANUEL ANDRES SANCHEZ ALAYO, como autor del presente delito contra la Libertad Sexual, en la modalidad de VIOLACION SEXUAL, en agravio de la menor de iniciales X.X.X.X., disponiéndose el ARCHIVO DEFINITIVO de los actuados; a efectos de que en el plazo de Ley interponga recurso de queja, a fin de elevar lo resuelto al Superior Jerárquico.

Lima, 18 de agosto del año 2011

MINISTERIO PUBLICO

DECIMA QUINTA FISCALIA PROVINCIAL PENAL DE LIMA

VISTO: El parte policial N XXXXX, el mismo que contiene los resultados de las investigaciones realizadas con relación a la denuncia interpuesta contra MANUEL ANDRES SANCHEZ ALAYO, como autor del presunto delito contra La Libertad Sexual, en la modalidad de VIOLACION SEXUAL, en agravio de la menor de iniciales X.X.X.X.

RESUELVE: NO HA LUGAR HA FORMALIZAR DENUNCIA PENAL contra MANUEL ANDRES SANCHEZ ALAYO, como autor del presunto delito contra la Libertad Sexual, en la modalidad de VIOLACION SEXUAL, en agravio de la menor de iniciales X.X.X.X. disponiéndose el ARCHIVO DEFINITIVO DE LOS ACTUADOS: haciéndose de conocimientos de las partes que tienen el derecho de interponer el recurso de queja en contra de la presente resolución de archivo, en el plazo de tres días hábiles, para que sea elevado al superior Jerárquico para su revisión notificándose la presente resolución.

Para más información visite : http://andressanchezalayo.com/


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  • Issue by:Andres Sanchez Alayo
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  • City:Lima - Lima - Peru
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